El Ministerio de Energía y Minas (Minem) declaró en situación de emergencia, por un plazo de hasta 30 días calendario, las actividades de hidrocarburos vinculadas al abastecimiento de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna.
La medida fue establecida mediante la Resolución Ministerial N.° 360-2026-MINEM/DM y tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación. La declaratoria responde al riesgo de interrupción del abastecimiento de GLP en dichas regiones debido a las afectaciones provocadas por las lluvias en las principales vías utilizadas para el transporte del combustible.
Esta situación ha generado una condición de vulnerabilidad en el abastecimiento, debido a que una interrupción prolongada de las rutas podría limitar el ingreso de GLP a las zonas afectadas.
¿Qué dispone la declaratoria?
Como parte de la medida, el Minem dispuso que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) evalúe y establezca, dentro de sus competencias, las medidas transitorias necesarias para atender la emergencia.
Estas disposiciones podrán contemplar excepciones temporales al cumplimiento de determinadas normas de los reglamentos de comercialización y seguridad de hidrocarburos, siempre bajo condiciones técnicas y con el objetivo de garantizar la continuidad del abastecimiento a los usuarios finales.
La resolución busca así facilitar las condiciones necesarias para mantener el suministro de GLP mientras persistan las restricciones en las vías de transporte hacia las regiones comprendidas en la declaratoria.
Limitaciones para el abastecimiento
El informe que sustenta la medida advierte que las regiones involucradas presentan una vulnerabilidad ante eventuales interrupciones del transporte terrestre de GLP, debido a que el abastecimiento depende principalmente del traslado del combustible desde Pisco y Callao.
En ese escenario, un cierre prolongado de las vías podría afectar la disponibilidad del producto y generar dificultades para atender la demanda de los usuarios finales.
La resolución ministerial cuenta con el respaldo legal de la Dirección General de Hidrocarburos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Minem, y lleva la firma del titular del sector, Guillermo Shinno Huamaní.
