El Gobierno de Perú planea dar un régimen excepcional para el pago de multas de tránsito. Así lo anunció el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), Rafael Rey, en la presentación del Gabinete de Luis Galarreta ante el Congreso de la República.
“Es necesario prevenir debidamente los accidentes de tránsito y transporte, por supuesto, y hay que poner todos los medios para conseguirlo. Pero, es inadmisible mantener un sistema que pone multas abusivas y absurdas en este momento. Por eso anuncio un próximo decreto supremo, que está prácticamente redactado, que establecerá un régimen excepcional de pago de multas en materia de transporte y tránsito terrestre que reducirá significativamente el monto a pagar por dichas multas”, expuso, sin dar mayores detalles.
Hay que recordar que hoy en día, según el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, se establecen infracciones y sanciones para los conductores.
Por ejemplo, para aquellas consideradas muy graves (MG), la multa puede ser equivalente al 100% (S/ 5,500), 50% (S/ 2,750), 24% (S/ 1,320) o 12% (S/ 600) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), según corresponda.
Para las infracciones graves (G), la multa puede ser equivalente al 8% de la UIT (S/ 440). Y, para las infracciones leves, se aplica el 4% o 5% de la UIT, es decir, entre S/ 220 y S/ 275.
Por ejemplo, algunas infracciones son conducir en estado de ebriedad/drogas y provocar un accidente; conducir sin licencia; no tener una revisión técnica vigente; exceso de velocidad; pasarse la luz roja; no usar cinturón de seguridad; entre otras.
